lunes, 2 de febrero de 2015

Mis deberes y Derechos como Aprendiz SENA

CASO 4 - Descripción: El comité de evaluación y seguimiento está reunido para analizar unas situaciones que se han presentado con algunos aprendices.

 Al finalizar la reunión, uno de los miembros del equipo les manifiesta a los aprendices que formalmente el subdirector del centro les enviará un comunicado con la información pertinente, pero como conclusión, les puede adelantar que se aplicarán a tres aprendices las medidas formativas correspondientes.  

Las medidas serán: dos por faltas académicas, y una por falta disciplinaria. Adicionalmente, se va a brindar estímulos a dos aprendices por su buen desempeño. Uno de los aprendices plantea que no recuerda en qué consiste las faltas académicas y disciplinarias.

De acuerdo con el Reglamento de Aprendices, explique a los compañeros lo siguiente:

1.¿Cuáles son las medidas formativas y en qué consisten?

Capitulo IX Medidas Formativas y Sanciones,  Articulo 27. Medidas Formativas. Las medidas formativas son aquellas acciones que se aplican al Aprendiz SENA cuando se trate de hechos que contraríen en menor grado el orden académico o disciplinario, sin afectar los deberes, derechos y prohibiciones:

1. Llamado de atención verbal: el aprendiz podrá recibir un llamado de atención verbal por parte del (los) Instructor, el Coordinador Académico, el(los) responsable(s) de Bienestar, o el Subdirector del Centro. Este llamado de atención verbal no constituye una sanción.

2.   2. Plan de Mejoramiento académico: Es una medida adoptada para definir acciones de formación, el Plan de Mejoramiento es un documento que consigna acciones concertadas entre el Aprendiz y el Instructor o el Coordinador Académico.

3.    3. Plan de mejoramiento disciplinario: Es una medida adoptada para definir acciones de carácter comportamental, actitudinal o social, para propiciar en el Aprendiz cambios en su conducta, cuando se le ha impuesto sanción disciplinaria consistente en llamado de atención escrito o condicionamiento de matrícula.

4.    2  ¿Cuáles son las sanciones que pueden imponerse a los aprendices por faltas académicas o disciplinarias?

     Capitulo IX Medidas Formativas y Sanciones, Articulo 28. Sanciones. Las sanciones son las medidas adoptadas por el SENA ante una falta académica o disciplinaria; La sanción que se imponga al Aprendiz debe ser proporcional a la gravedad de la falta. Las sanciones que pueden imponerse por faltas académicas o disciplinarias son:
     
      a. Llamado de atención escrito: Medida sancionatoria que se impone a través de comunicación escrita dirigida por el Coordinador Académico o de Formación del Centro al Aprendiz, con copia a la hoja de vida; implican compromisos escritos por parte del aprendiz en el proceso de formación.
     
     b. Condicionamiento de la matrícula Acto académico sancionatorio que se impone al Aprendiz que incurra en una falta académica o disciplinaria, previo agotamiento del procedimiento establecido en este Reglamento.

    c. Cancelación de la matrícula. Acto administrativo que se origina cuando persisten en el aprendiz las causales que originaron el condicionamiento de matrícula o por faltas catalogadas como graves de acuerdo a la clasificación determinada en los artículos 25 y 26 del reglamento.

    3. Mencione por lo menos dos estímulos o incentivos que el SENA ha adoptado para beneficio de los aprendices y qué casos se otorgan:

     a. Recibir mención de honor por su proceso investigativo o innovador, durante su proceso de aprendizaje.

    d. Cuando termine su proceso formativo y cumpla el perfil y requisitos necesarios para llegar ser instructor, formará parte del semillero de nuevos instructores del SENA, si así lo desea.
b

  Bibliografia (REGLAMENTO%20DEL%20APRENDIZ%20SENA.pdf)



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