CASO 4 - Descripción: El comité de evaluación y seguimiento está
reunido para analizar unas situaciones que se han presentado con algunos
aprendices.
Al finalizar la
reunión, uno de los miembros del equipo les manifiesta a los aprendices que
formalmente el subdirector del centro les enviará un comunicado con la
información pertinente, pero como conclusión, les puede adelantar que se
aplicarán a tres aprendices las medidas formativas correspondientes.
Las medidas serán: dos por faltas académicas,
y una por falta disciplinaria. Adicionalmente, se va a brindar estímulos a dos
aprendices por su buen desempeño. Uno de los aprendices plantea que no recuerda
en qué consiste las faltas académicas y disciplinarias.
De acuerdo con el Reglamento de Aprendices, explique a los
compañeros lo siguiente:
1.¿Cuáles son las medidas formativas y en qué
consisten?
Capitulo IX Medidas Formativas y Sanciones, Articulo 27. Medidas
Formativas. Las medidas formativas son aquellas acciones que se aplican al
Aprendiz SENA cuando se trate de hechos que contraríen en menor grado el orden
académico o disciplinario, sin afectar los deberes, derechos y prohibiciones:
1. Llamado de atención verbal: el aprendiz
podrá recibir un llamado de atención verbal por parte del (los) Instructor, el
Coordinador Académico, el(los) responsable(s) de Bienestar, o el Subdirector
del Centro. Este llamado de atención verbal no constituye una sanción.
2. 2. Plan de Mejoramiento académico: Es una medida
adoptada para definir acciones de formación, el Plan de Mejoramiento es un
documento que consigna acciones concertadas entre el Aprendiz y el Instructor o
el Coordinador Académico.
3. 3. Plan de mejoramiento disciplinario: Es una
medida adoptada para definir acciones de carácter comportamental, actitudinal o
social, para propiciar en el Aprendiz cambios en su conducta, cuando se le ha
impuesto sanción disciplinaria consistente en llamado de atención escrito o
condicionamiento de matrícula.
4. 2 ¿Cuáles son las sanciones que pueden imponerse a
los aprendices por faltas académicas o disciplinarias?
Capitulo IX Medidas Formativas y Sanciones, Articulo 28. Sanciones. Las sanciones son las medidas adoptadas por
el SENA ante una falta académica o disciplinaria; La sanción que se imponga al
Aprendiz debe ser proporcional a la gravedad de la falta. Las sanciones que
pueden imponerse por faltas académicas o disciplinarias son:
a. Llamado de atención escrito:
Medida sancionatoria que se impone a través de comunicación escrita dirigida
por el Coordinador Académico o de Formación del Centro al Aprendiz, con copia a
la hoja de vida; implican compromisos escritos por parte del aprendiz en el
proceso de formación.
b. Condicionamiento de la matrícula Acto
académico sancionatorio que se impone al Aprendiz que incurra en una falta
académica o disciplinaria, previo agotamiento del procedimiento establecido en
este Reglamento.
c. Cancelación de la matrícula.
Acto administrativo que se origina cuando persisten en el aprendiz las causales
que originaron el condicionamiento de matrícula o por faltas catalogadas como
graves de acuerdo a la clasificación determinada en los artículos 25 y 26 del
reglamento.
3. Mencione por lo menos dos
estímulos o incentivos que el SENA ha adoptado para beneficio de los aprendices
y qué casos se otorgan:
a. Recibir mención de honor por
su proceso investigativo o innovador, durante su proceso de aprendizaje.
d. Cuando termine su proceso
formativo y cumpla el perfil y requisitos necesarios para llegar ser
instructor, formará parte del semillero de nuevos instructores del SENA, si así
lo desea.
b
Bibliografia (REGLAMENTO%20DEL%20APRENDIZ%20SENA.pdf)
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